El Centro de Salud Pública firma un convenio para investigación en enfermedades raras

18 de mayo de 2009
CATEGORÍA:
Salud
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Ambas instituciones pondrán en común sus medios materiales y humanos.

El Centro Superior de Investigación en Salud Pública (CSISP) y el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red del Área de Enfermedades Raras (CIBERER) han firmado un acuerdo de colaboración en materia de investigación en enfermedades raras.

El objeto de este acuerdo, que estará vigente durante 3 años, es establecer un marco de actuación que promueva la colaboración entre ambas partes en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico (incluyendo plataformas tecnológicas y colaboración de proyectos conjuntos tanto de ámbito nacional como internacional), y de formación de personal, en el ámbito de la investigación biomédica en enfermedades raras.

Este convenio responde a la importancia que desde la conselleria de Sanitat se está prestando al ámbito de las enfermedades raras, por lo que se ha creado un área de investigación específica para esta materia en el Centro Superior de Investigación en Salud Pública.

La colaboración entre el CSISP y el CIBERER podrá enmarcarse en iniciativas para facilitar el desarrollo de proyectos y programas de investigación y desarrollo de los grupos de investigación del CSISP adscritos al CIBERER facilitando su trabajo en las instalaciones del CSISP; cooperación en programas de formación de personal investigador y técnico; asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas entidades; colaboración en la puesta en marcha de los Biobancos de ambas instituciones; organización y ejecución de actividades comunes relacionadas con la promoción de la cultura, la investigación y el desarrollo tecnológico; y cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente Acuerdo Marco.

Cada actuación que se realice en el contexto de este acuerdo marco, será objeto de un convenio específico, en los que deberá detallarse la definición de los objetos que persiguen, descripción del plan de trabajo, compensaciones económicas mutuas derivadas de la acción que se va a desarrollar, normas para la coordinación, ejecución y funcionamiento del proyecto, nombre de las personas (una por cada parte) que se responsabiliza de cada convenio y los bienes de equipamiento aportados por cada una de las partes y su destino final.

Para facilitar el seguimiento y cumplimiento de los convenios específicos se constituirá una Comisión Mixta paritaria, cuyas funciones serán proponer iniciativas de colaboración entre las partes, elaborar los correspondientes convenios específicos, aclarar y resolver cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución de los convenios y realizar el seguimiento de los convenios específicos que se suscriban.

A través de este convenio, ambas instituciones acuerdan facilitar el acceso, permanencia y uso de sus instalaciones al personal adscrito a las mismas para el desarrollo de las actividades recogidas en los convenios específicos.

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