Solicitud de ayudas para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial (antes Programas de Garantía Social) para el curso 2011-2012

12 de abril de 2011
CATEGORÍA:
Salud y Bienestar
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El objeto de esta ayuda es la concesión de ayudas para los programas de cualificación profesional inicial previstos en la Orden de 19 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial en la Comunitat Valenciana.

Pueden solicitarla, los ayuntamientos, mancomunidades, diputaciones, centros docentes concertados y entidades o asociaciones sin ánimo de lucro. En todo caso, los perceptores de las distintas ayudas deberán tener personalidad jurídica propia y reunir los requisitos generales siguientes, que deberán cumplir con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6494, de 04/04/11.

Noticia completa.

 

El objeto de esta ayuda es la concesión de ayudas para los programas de cualificación profesional inicial previstos en la Orden de 19 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial en la Comunitat Valenciana.

Pueden solicitarla, los ayuntamientos, mancomunidades, diputaciones, centros docentes concertados y entidades o asociaciones sin ánimo de lucro. En todo caso, los perceptores de las distintas ayudas deberán tener personalidad jurídica propia y reunir los requisitos generales siguientes, que deberán cumplir con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6494, de 04/04/11.

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El objeto de esta ayuda es la concesión de ayudas para los programas de cualificación profesional inicial previstos en la Orden de 19 de mayo de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial en la Comunitat Valenciana.

Pueden solicitarla, los ayuntamientos, mancomunidades, diputaciones, centros docentes concertados y entidades o asociaciones sin ánimo de lucro. En todo caso, los perceptores de las distintas ayudas deberán tener personalidad jurídica propia y reunir los requisitos generales siguientes, que deberán cumplir con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6494, de 04/04/11.

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